JUICIO ORAL POR EL CASO CHATINA SUÁREZ.
La Fiscalía pide seis meses de prisión para Chatina Suarez y multas leves para los demás imputados en el expediente.
Tras varias semanas de investigación judicial y un aplazamiento, este lunes se ha celebrado en el Juzgado de Instrucción número 3 de Malabo el juicio oral y público del caso Chatina Suárez.
Se trata de un proceso judicial que ha generado un amplio debate social y judicial por presuntos actos de exhibicionismo sexual presuntamente cometidos durante una fiesta privada con presencia de menores.
La Fiscalía pide seis meses de prisión para Chatina Suarez Suárez y multas leves para el resto de procesados en este sumario urgencia.
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La vista corresponde al sumario de urgencia número 1/2026, por presunto delito de exhibicionismo sexual y tiene como perjudicados a niños y niñas de la República de Guinea Ecuatorial, según la fiscalía.
En el expediente figuran, principal acusado, Moisés Ngonde Evita, de 28 años, conocido artísticamente como Chatina Suárez, quien permanece en prisión preventiva desde la fase de instrucción. Junto a él se sientan en el banquillo Reina Chanque, de 44 años, y su pareja José María Boyaba, de 38, organizadores de la fiesta, así como José Luis Buepoyo Bitá, de 34 años, DJ encargado de la música durante la celebración.
Los hechos se remontan a una fiesta de bautizo celebrada en un domicilio privado, donde, según la acusación, se produjeron gestos y tocamientos de índole sexual delante de menores, lo que dio lugar a la apertura de un sumario objetos de juicio.
Durante la vista, la Fiscalía ha solicitado para Chatina Suárez una pena de arresto menor en su grado mínimo, concretamente seis meses de prisión, además de una multa de 200.000 francos CFA a ingresar en el Tesoro Público.
Para los otros tres acusados, el Ministerio Público ha pedido la imposición de multas leves y otras de 200.000 francos CFA cada uno.
Según la Fiscalía, tras el análisis conjunto de todas las pruebas practicadas, los hechos encajan en un presunto delito derivado de gestos y comportamientos de carácter sexual realizados en presencia de menores, actos que considera constitutivos de exhibicionismo sexual. A juicio del fiscal, todos y cada uno de los acusados tuvieron participación en los hechos investigados.
En su interrogatorio, Moisés Ngonde Evita se ha declarado inocente y ha reiterado su versión sostenida desde el inicio del procedimiento, asegurando que no vio a menores al comenzar su actuación. No obstante, el fiscal le recordó su propia declaración durante la fase de instrucción, en la que afirmó desconocer que la realización de determinados gestos delante de niños pudiera constituir delito.
La defensa del principal acusado ha mostrado su total disconformidad con la tesis acusatoria, sosteniendo que no concurren las circunstancias necesarias para considerar los hechos como exhibicionismo sexual.
Los abogados defensores insistieron en que los menores se encontraban acompañados de sus madres durante la fiesta y que, de haber existido actos de exhibicionismo, estas no lo habrían permitido. A su juicio, el hecho de que no se produjera ninguna reacción inmediata por parte de las progenitoras demostraría que no hubo conducta delictiva.
Por su parte, el DJ José Luis Buepoyo Bitá reiterado en el juicio que fue Moisés Ngonde Evita quien le facilitó su teléfono móvil para reproducir la canción que dio inicio a la actuación. Sin embargo, el fiscal ha cuestionado su pasividad al no haber interrumpido el espectáculo.
Su abogado ha defendido que su representado no ejecutó ningún acto de connotación sexual y que no puede ser considerado autor de los hechos enjuiciados.
Los últimos en declarar han sido los organizadores de la fiesta. Reina Chanque ha insistido en que no se encontraba en el lugar exacto donde se desarrolló la actuación, mientras que José María Boyaba asegura que era un invitado más y que tampoco estuvo.
Pese a todas las alegaciones de las defensas, la Fiscalía ha mantenido que existe responsabilidad penal. A su parecer, de no haber invitado al artista a animar la fiesta, no se habrían producido los gestos sexualmente sugerentes frente a menores.
Tras la práctica de la prueba documental y las conclusiones finales, el Ministerio Público ha elevado a definitivas sus peticiones, manteniéndose firme en las penas solicitadas.
Mientras la contraparte solicita libre por un lado libre absolución de su defendido, y la inmediata puesta en libertad del principal acusado. Asegurando que no hay hechos constitutivos de delito, otros afirmando no haber formado parte de la actuación y que por ello no pueden ser considerados autores.
Tras totas estás peticiones y alegaciones, el expediente ha quedado visto por para sentencia, a la espera de que el órgano judicial se pronuncie sobre un caso que ha puesto en el centro del debate la protección de los menores, los límites de la actuación artística y la responsabilidad de los adultos en entornos privados.
FUENTE: DG PRESS CSJ 🎥⚖️🇬🇶